Actualizado Viernes , 29-01-10 a las 14 : 21
Así te afectará la ampliación de la edad de jubilación. Según el año en el que hayas nacido, ésta será la edad con que te podrás jubilar.
Año de nacimiento Edad de jubilación legal
Antes de 1947 65 años (No les afecta la nueva normativa)
1948 65 años y 2 meses
1949 65 años y 4 meses
1950 65 años y 6 meses
1951 65 años y 8 meses
1952 65 años y 10 meses
1953 66 años
1954 66 años y 2 meses
1955 66 años y 4 meses
1956 66 años y 6 meses
1957 66 años y 8 meses
1958 66 años y 10 meses
1959 en adelante 67 años
*La edad de jubilación legal es aquella a partir de la que se cobra el 100% de la pensión.
2 comentarios:
q fort!!!!!!!!!!!!!!!!
avui ho he sentit per la ràdio!! no hi ha dret!!! jo no em vull jubilar als 67!!! perquè llavors quan faré les excusions del IMSERSO???
als 70 anys???
que fort!!!!!!!
Doncs comença a fer-les ara!!!!!
És una putada i grossa!!
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